Conocimiento

Mexico Strengthens Control Over Disposal of Used Tires

México Fortalece Control de los Neumáticos Usados

El pasado 4 de junio de 2014, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos ("LGPGIR") y de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal ("LCPAF"), el cual clasifica a los neumáticos usados como residuos de manejo especial sujetos a Planes de Manejo[1] (el "Decreto").

LGPGIR

A través del Decreto, la LGPGIR ahora incluye la obligación para los fabricantes, importadores, distribuidores y generadores de neumáticos usados de llevar a cabo acciones específicas para su gestión integral de acuerdo con lo que determine la Norma Oficial Mexicana ("NOM") -a desarrollarse- misma que establecerá los criterios de gestión, responsabilidad compartida y valorización para el manejo integral de los neumáticos usados (lo anterior, aún cuando la NOM-161-SEMARNAT-2011[2] existente ya incluye a los neumáticos usados como residuos de manejo especial, sujetos a Planes de Manejo).

Asimismo, de conformidad con el Decreto, el Ejecutivo Federal deberá desarrollar una Estrategia Nacional para la Gestión Integral de Neumáticos Usados con el objetivo de plantear metas y lineamientos específicos para su manejo integral en el país.

En adición a lo anterior, el Decreto prohíbe expresamente la disposición final de neumáticos en predios baldíos, barrancas, cañadas, ductos de drenaje y alcantarillado y en cuerpos de agua, entre otros.

LCPAF

A través del Decreto se prevé la posibilidad para los concesionarios de utilizar caucho proveniente de neumáticos usados para la construcción y mantenimiento de caminos y puentes federales. 

El Decreto entró en vigor el 5 de junio de 2014 y da un plazo de dos años a los responsables de realizar los Planes de Manejo para formular y someter a consideración de la autoridad local correspondiente dichos planes.

Contacts

Mauricio Llamas
México, D.F.
+52.55.3000.4082
mllamas@jonesday.com

Mauricio Villegas
México, D.F.
+52.55.6283.5065
mvillegas@jonesday.com

Imanol Sánchez-Mújica de la oficina de México, D.F., participó en la preparación de esta Alerta.



[1] Instrumento cuyo objetivo es minimizar la generación y maximizar la valorización de residuos sólidos urbanos, residuos de manejo especial y residuos peligrosos específicos, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social, diseñado bajo los principios de responsabilidad compartida y manejo integral, que considera el conjunto de acciones, procedimientos y medios viables e involucra a productores, importadores, exportadores, distribuidores, comerciantes, consumidores, usuarios de subproductos y grandes generadores de residuos, según corresponda, así como a los tres niveles de gobierno.

[2] Norma Oficial Mexicana NOM-161-SEMARNAT-2011, Que establece los criterios para clasificar a los Residuos de Manejo Especial y determinar cuáles están sujetos a Plan de Manejo; el listado de los mismos, el procedimiento para la inclusión o exclusión a dicho listado; así como los elementos y procedimientos para la formulación de los Planes de Manejo.